Nuevo ahorro para 2015, pagar menos a final de mes es posible.

Según la más reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo se va consolidando la aplicación de la cláusula “rebus sic stantibus”, que permite revisar un contrato cuando cambian mucho las circunstancias actuales respecto a las del momento de la firma del mismo. Hasta ahora, el Tribunal Supremo era muy restrictivo en la aplicación de esta cláusula, pero en un ajuste de las instituciones a la realidad social se está aplicando.

Pues bien, se considera que la actual crisis económica puede producir un grave trastorno en las circunstancias que justifique la aplicación de esta cláusula, permitiendo la revisión a la baja de contratos firmados en momentos de bonanza económica.

Uno de los ejemplos más recientes lo encontramos en una resolución de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo donde se ha aplicado la cláusula “rebus sic stantibus” a un contrato de arrendamiento de 25 años firmado entre una empresa hotelera y el propietario de un hotel. El Supremo ha dictaminado que la empresa pague un 29% menos del precio pactado en el contrato y que el arrendador le devuelva el exceso del 29% que la empresa ha pagado en rentas desde la presentación de la demanda.

De este modo lo verdaderamente esencial para que el Tribunal Supremo permita la revisión de un contrato en aplicación de la cláusula “rebus sic stantibus”, es el hecho de que surjan circunstancias nuevas a las existentes en el momento de su firma y las prestaciones de alguna de las partes sean excesivamente gravosas, rompiendo con ello el equilibrio económico del contrato.

Uno de los miembros del Supremo confirma que la actual crisis económica, puede ser considerada abiertamente como un fenómeno de la economía capaz de generar un grave trastorno o mutación de las circunstancias.

Son muchos los contratos que firmados en el calor de prósperas expectativas económicas, fijan a día de hoy cuantías excesivamente gravosas para sus titulares. Si crees que éste puede ser tu caso, 2015 puede ser el mejor momento para ponerse en manos de profesionales y lograr un importante ahorro.

Aumento de las ejecuciones hipotecarias respecto a los datos de 2013.  

Según datos del Instituto Nacional de Estadística el embargo de propiedades para su posterior venta debido al impago de una hipoteca, popularmente conocido como las ejecuciones hipotecarias, aumentaron un 10,5% en el tercer trimestre  de 2014 en comparación con los datos del mismo periodo de 2013. La cifra alcanzada en este tercer trimestre se sitúa en las 23.240 ejecuciones hipotecarias, de las que 6.787 fueron sobre viviendas habituales.

Entre las  comunidades autónomas con mayor número de certificaciones por ejecuciones hipotecarias  encontramos Andalucía, con 5.771 y  Cataluña 4.066. Por su parte,  Navarra con 89 y Cantabria  con 151 son las  comunidades autónomas con menor número de certificaciones.

Los datos de este estudio del INE muestran una clara caída respecto al número de ejecuciones hipotecarias realizadas en el segundo trimestre de este 2014 con un descenso cercano al 30% pero este descenso no permite que la cifra de ejecuciones hipotecarias siga siendo mayor a la de 2013.

Desarrollando los datos ofrecidos por INE podemos comprobar que del número total de ejecuciones hipotecarias sobre fincas urbanas se sitúa en  22.135, mientras que las ejecuciones sobre fincas rústicas alcanzaron las 1.105.  En el caso de las fincas urbanas, 13.741, eran viviendas, de las cuales  8.870 correspondían a particulares, mientras que 4.961 eran de empresas lo que se traduce en una importante subida respecto a 2013.

En el caso de las viviendas de particulares embargadas, en tres de cada cuatro casos se trataba del domicilio habitual, lo cual es reflejo de la verdadera situación social.

Por su parte, entre las fincas urbanas, también aumentaron los embargos sobre  propiedades que no eran viviendas como garajes, trasteros, naves,  locales, u oficinas, alcanzando los  7.631, en el caso de los solares  la cifra de ejecuciones hipotecarias se sitúa en 1.033.

El Gobierno propondrá a Consuelo Madrigal como nueva fiscal general del Estado.

Consuelo Madrigal Martínez-Pereda, ingresó en la Carrera Fiscal hace más de treinta años, tras hacerse cargo de la Fiscalía de Menores fue fiscal destinada en la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, todo ello compaginado con su labor docente como profesora de Derecho en Icade desde 1986.

El procedimiento para el nombramiento de Madrigal como nueva fiscal general del Estado ha sido explicado públicamente por José Luis Ayllón, secretario de Estado de Relaciones con las Cortes.

En primer lugar, el Gobierno propondrá su candidatura en el Consejo de Ministros, donde deberá ser aprobada.

En segundo lugar, está previsto que se convoque un pleno extraordinario del Consejo General del Poder Judicial para el próximo lunes quien deberá ratificar su nombramiento.

Finalmente, el Gobierno comunicará su propuesta al Congreso de los Diputados, a fin de que la nueva fiscal general pueda comparecer ante la Comisión de Justicia de la Cámara. Además, será necesario que se emita un informe de idoneidad, en el que se confirmará que cumple con los requisitos exigidos por la ley para acceder al cargo.

Cumplidos esos trámites, se le comunicará al rey Felipe VI la elección de Consuelo Madrigal como primera mujer fiscal general del Estado.

La modificación de la Ley de Hidrocarburos un paso más cerca.

En los últimos días estamos viviendo una importante caída en el precio del petróleo, diferencia en el precio que no se ve reflejada con la misma intensidad en el precio de los carburantes. Pues bien, precisamente en estos días ha sido ha aprobada la modificación de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos por el Consejo de Ministros.

Esta medida pretende lograr una mayor eficiencia, competencia y liberalización del sector de hidrocarburos mediante la adopción de diversas medidas.

Entre las medidas tomadas, destacan  aquellas destinadas a fomentar la competencia en el sector del gas natural, creando un mercado organizado para lograr precios más competitivos y transparentes. Gracias a ello se facilitará la entrada de nuevos comercializadores incrementando la competencia en el sector, beneficiando de esta manera a los consumidores

Por otro lado se posibilita que cualquier instalador de gas natural habilitado pueda realizar la inspección de las instalaciones al contrario que en la actualidad, ya que sólo podían realizar las inspecciones los distribuidores. Además se fomenta la entrada de nuevos comercializadores mediante el reconocimiento mutuo de licencias con terceros países.

En este texto legal se introducen novedades en cuanto a la tributación en materia de exploración, investigación y explotación de hidrocarburos creando un nuevo impuesto sobre el valor de la producción de hidrocarburos de manera que las rentas económicas derivadas de los yacimientos de hidrocarburos reviertan también en el conjunto de la sociedad. También se establece una compensación a los propietarios de los terrenos situados sobre el yacimiento, en función del valor de la producción anual.

Finalmente entre las medidas tomadas se obliga a los comercializadores a granel a suministrar a todos los consumidores que lo soliciten, siempre que se encuentren en su misma provincia de actuación. Además se añade una nueva garantía para los consumidores ya que para poder ejercer la actividad de operador al por mayor de carburantes se exige depositar una fianza, que podrá ser ejecutada en caso de incumplimiento o fraude.

Pese a que aún le resta un amplio recorrido a este Proyecto de ley hasta ser texto legal vigente es una muy buena iniciativa  que puede revertir beneficios a los consumidores y empresas.surtidor-de-gasolina-