Desteñir y encoger unas cortinas le puede costar 17.000 euros.

Recientemente aparecía en varios medios de comunicación una sentencia de la Audiencia Provincial de Cantabria que confirmaba la condena a una lavandería por los daños ocasionados en unas cortinas y manteles, debiendo indemnizar con 17.000 euros al cliente.

Cortinas y manteles resultaron desteñidos, mermados y torcidos, hechos de los que el tribunal hace responsable a la lavandería pues «no sólo debió ajustar su actuar a la ‘lex artis’ y no utilizar un sistema de limpieza en mojado», sino que «en modo alguno advirtió de que la limpieza que efectuaba siempre era en mojado y no en seco».

La parte demandante ha demostrado mediante diferentes pruebas periciales que las telas entregadas para su limpieza eran de elevada calidad, siendo la única causa de los daños la limpieza en mojado y no en seco. Hechos que demuestran la negligencia de la lavandería como causa eficiente de los daños, justificándose así la responsabilidad indemnizatoria. Respecto a la valoración de la indemnización, resulta muy importante destacar que existe depreciación de las telas, puesto que estaban instaladas en unos amplios ventanales a los que da mucho el sol. Por otro lado, también es preciso señalar que  no sólo se debía indemnizar por las telas dañadas, sino también por el perjuicio estético ocasionado, ya que las cortinas y los manteles estaban colocados en una estancia con sofás tapizados a juego.

De este modo, se ha resuelto que, frente a la petición de 23.500 euros reclamada por el demandante, se fije una indemnización de 17.000 euros.